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Sanciones a los contribuyentes que no revisen sus notificaciones

Sanciones a los contribuyentes

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Sanciones de hasta 600.000 a los contribuyentes que no revisen sus notificaciones electronicas

Aquellos que, estando incluidos en el sistema obligatorio de notificaciones electrónicas, no accedan al “inbox” de la AEAT, al menos cada diez días, se exponen a la comisión de una infracción tributaria por “resistencia, obstrucción, excusa o negativa” a las actuaciones de la Administración que lleva aparejada sanciones a los contribuyentes de entre 150 euros a 600.000 euros.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) lo ha establecido en una reciente resolución al interpretar que el no estar pendiente de sus requerimientos puede suponer “resistencia, obstrucción, excusa o negativa” a las actuaciones de Hacienda. Incluso no es necesario que se pruebe la intención de burlar la información enviada, basta con que haya sido “debidamente notificado”.

El art. 203 LGT señala que “no atender algún requerimiento debidamente notificado” es una infracción grave y las multas pueden ir desde los 150 euros hasta los 600.000 euros, dependiendo de la información solicitada, o un tanto por ciento de la cifra de negocios del infractor en el año natural a aquél en el que se produjo el incumplimiento.

El plazo límite fijado para comprobar si se tiene notificaciones electrónicas es de diez días naturales desde “su puesta a disposición”.

El TEAC rechaza que para cometer esta infracción sea necesaria una intencionalidad específica de dilatar el procedimiento. Equipara el buzón o casillero físico del domicilio del interesado con el buzón electrónico en la dirección electrónica habilitad.

De este modo, una sociedad o un autónomo, por ejemplo, no pueden excusarse en que no tuvieron constancia de los requerimientos al no haber podido recibir las notificaciones o al no haber podido acceder a su buzón electrónico por cualquier motivo. Ni siquiera la falta de medios técnicos.

En SAMMOS LEGAL disponemos de un servicio de comprobación y de recepción de notificaciones electrónicas por un experto, tanto de la AEAT como de la TGSS para que nuestros clientes puedan estar tranquilos. Comprobamos periódicamente sus buzones y analizamos sus notificaciones informando puntualmente al cliente para adoptar las medidas que resulten necesarias.

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