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Calor extremo en el trabajo: obligaciones legales de las empresas

calor extremo en el trabajo

El reciente fallecimiento de una empleada del servicio de limpieza viaria de Barcelona por calor extremo en el trabajo, tras completar su jornada laboral durante la primera ola de calor del verano, ha puesto de manifiesto la importancia crítica de la prevención de riesgos laborales ante temperaturas extremas. La trabajadora, de unos 50 años, realizó su turno de 14:00 a 21:00 horas en la vía pública, soportando temperaturas superiores a los 30 °C. Tras llegar a casa y mientras cenaba, sufrió un colapso fulminante y falleció poco después. Aunque la causa definitiva está pendiente de autopsia, todo apunta a un posible golpe de calor.

Este caso ha reactivado el debate sobre la responsabilidad empresarial y la protección efectiva de la salud laboral durante episodios de calor extremo, especialmente en trabajos al aire libre.

Se evidencia la necesidad de cumplimiento estricto de la normativa y la vigilancia de su aplicación real. Según los testimonios, la empleada realizó su jornada en pleno pico de calor y, aunque existían protocolos, la efectividad de su implantación y seguimiento es cuestionable.

Tras el suceso, sindicatos y compañeros han exigido reforzar los planes de prevención y la formación, así como la vigilancia activa por parte de la Inspección de Trabajo y las autoridades competentes.

En este articulo, el área de Responsabilidades y Empresa de Sammos Legal expone de forma sintética los principales derechos y obligaciones que tienen las personas trabajadoras y las empresas frente a estas olas de calor extremo en el trabajo en España.

Obligaciones legales de las empresas

Las empresas en España tienen la obligación legal de proteger eficazmente a sus trabajadores frente a riesgos derivados de altas temperaturas, conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo.

Obligaciones específicas de las empresas ante olas de calor:

Evaluación de riesgos adaptada al calor extremo:

Medidas preventivas obligatorias:

Información y formación: Informar a la plantilla sobre los riesgos del calor y las medidas preventivas, asegurando que los trabajadores y sus representantes conozcan los protocolos y derechos aplicables.

Vigilancia de la salud: Adaptar la vigilancia de la salud al riesgo térmico, incluyendo controles médicos previos o periódicos para los trabajadores especialmente vulnerables.

Obligación de adaptar condiciones de trabajo

Aplicación en interiores: Para trabajos en oficinas o interiores, la empresa debe garantizar que la temperatura ambiental esté entre los 17 y 27 °C para trabajos sedentarios y entre 14 y 25 °C para trabajos ligeros, con humedad relativa entre el 30% y el 70%.

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Sanciones por incumplimiento

El incumplimiento de estas obligaciones puede conllevar sanciones administrativas importantes, así como responsabilidades civiles y penales en caso de daños a la salud de los trabajadores.

Resumen de buenas prácticas obligatorias:

Estas medidas son de obligado cumplimiento y no simples recomendaciones

Así, las empresas en España deben proporcionar herramientas y recursos concretos para prevenir los riesgos derivados del calor y proteger la salud de sus trabajadores.

Recursos materiales y organizativos

Equipos de protección individual (EPIs) adecuados:  

Recursos organizativos y técnicos

Planificación y adaptación de horarios:  

Pausas frecuentes y flexibles:  Establecer descansos regulares, aumentando su frecuencia y duración a medida que sube la temperatura.

Reducción de la carga física:  Limitar el esfuerzo físico y, cuando sea posible, utilizar ayudas mecánicas para disminuir la exigencia del trabajo.

No trabajar en solitario:  Favorecer el trabajo en equipo para que los trabajadores puedan vigilarse mutuamente y detectar síntomas de golpe de calor.

Recursos formativos y preventivos

Información y formación específica:  

Vigilancia de la salud:  

Monitorización ambiental:  Se debe controlar la temperatura y la humedad en los lugares de trabajo y comunicar cualquier cambio significativo a los empleados.

Derechos de los trabajadores ante calor extremo en el trabajo

Los trabajadores tienen derecho a desempeñar su labor en condiciones seguras y saludables, lo que incluye la protección frente a temperaturas extremas:

Conclusión

Empresas y trabajadores deben ser plenamente conscientes de sus obligaciones y derechos ante el calor extremo en el trabajo. La normativa es clara: la salud y la vida de los trabajadores están por encima de cualquier otra consideración productiva. La prevención, la adaptación de las condiciones laborales y la vigilancia activa son esenciales para evitar tragedias como la ocurrida en Barcelona. Si necesitas asesoramiento especializado, contáctanos.

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Luis López

Abogado – Socio Área de Responsabilidades y Empresa

Sammos Legal Abogado

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