Responsabilidad social corporativa Abogados
PLANES DE IGUALDAD
las últimas modificaciones legislativas en la materia introducidas por el Real Decreto Ley 6/2019, fijaron desde el 7 de marzo de 2019 un plazo transitorio de 3 años para que todas las empresas con más de 50 trabajadores tengan un plan de igualdad y se fijen las condiciones de revisión y actualización en coherencia con la regulación del convenio colectivo sectorial de aplicación.
Nuestros profesionales y especialistas en la materia gestionan la confección y registro del Plan de Igualdad de conformidad la legislación vigente. Un asesoramiento que se mantiene como soporte legal y técnico del Comité de Igualdad de las empresas para que el Plan de Igualdad se convierta en un elemento vivo y dinámico que recoja la evolución y progreso de las empresas en el objetivo común de conseguir la por toda deseada igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo y la ocupación.
CANAL ÉTICO
La Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión y recientemente la sentencia 35/2020, de 6 de febrero, por la que nuestro Tribunal Supremo resuelve sobre unos hechos cuya investigación deriva de una denuncia anónima recibida en el seno de la empresa a través del canal de denuncias, consolidan el canal ético de denuncias en el seno de las empresas.
De esta forma se consolida y validan las denuncias anónimas como el sistema idóneo para visibilizar situaciones irregulares en el señor de cualquier organización empresarial que obliga a dar inicio a un procedimiento de investigación y constatación sobre la veracidad de lo relatado y, en su caso, subsiguiente adopción de medidas cautelares o investigadoras concretas.
Nuestros profesionales, especialistas en la materia, se encargan de implantar y supervisar la legalidad del sistema de canal denuncias a implantar en las sociedades garantizando los principios configuradores del mismo de imparcialidad, profesionalidad, confidencialidad e independencia en los que se protege a la figura del denunciante no solo evitando que se puedan adoptar medida de represalia en su contra sino salvaguardando su derecho a la libertad de expresión e información.
De forma externa a la propia empresa para evitar riesgos de distorsión de la finalidad de este instrumento de denuncia si el mismo se gestiona internamente, ponemos nuestros medios humanos, técnicos y materiales para la recepción y gestión integral de las denuncias.
co-resol es una solución whistleblowing, un alertador para poder denunciar casos de mobbing, acoso sexual, discriminaciones, fraudes, rumores y cualquier tipo de conflicto en el entorno laboral.
Utilizando una app como elemento innovador para que los empleados puedan alertar de manera segura y confidencial, incluso anónima. En cualquier momento y desde cualquier lugar. Descarga la APP
Más información
GESTIÓN DE DENUNCIAS DE ACOSO SEXUAL EN EL ÁMBITO LABORAL
dentro del concepto general del acoso laboral, la concreta manifestación del acoso sexual ha adquirido tales proporciones de gravedad que tanto la normativa general como los propios convenios colectivos sectoriales y de empresa aplicables se han dedicado en los últimos años a regular de forma concreta instrumentos de luchas contra el mismo.
Desde la implantación específica de protocolos anti-acoso sexual y acciones formativas de sensibilización en la materia, hasta la creación de procedimientos específicos de investigación, imparciales y completos, nuestro equipo trabaja con todo tipo de empresas en la lucha y erradicación de cualquier atisbo de conducta de este tipo.
A su vez, como especialistas en la materia asistimos a trabajadoras y trabajadores afectados por conductas de abuso o acoso sexual ofreciendo asesoramiento legal y dirección letrada a víctimas del mismo ya sea en el ámbito público o privado ya sea en la vía social, administrativa o penal.