Icono del sitio Sammos Legal Abogados

Delegado de Protección de Datos en empresas de 50

Delegado de Protección de Datos

En nuestro último boletín informativo, ya avanzamos que, el 4 de marzo pasado, el Consejo de Ministros aprobó un Anteproyecto de ley por el que se protege a las personas que comuniquen infracciones por canales internos de denuncias, para trasponer la Directiva (UE) 2019/1937, según el cual será obligatorio disponer de un canal de denuncias para empresas de más de 50 trabajadores. Otra de las novedades de este anteproyecto es que en su artículo 34 impone también la obligación de disponer de un Delegado de Protección de Datos para esas mismas empresas.


En SAMMOS Legal Abogados, contamos con el servicio de Delegado de Protección de Datos externo o el de asesoramiento al delegado interno y disponemos de un servicio completo de asesoramiento especializado en protección de datos. Le invitamos a que nos exponga su caso en detalle para que podamos analizarlo y asesorarle específicamente

SOLICITAR CONSULTA


¿Quién está obligado a contar, ya hoy, con un Delegado de Protección de Datos? (*)

Según el Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD), las siguientes entidades:

Y, como especifica la normativa española (LOPDGDD), también:

(*) Esta breve lista es una simplificación de la normativa para facilitar su divulgación. Para conocer exactamente si su empresa o entidad en la que participa está o no obligada a disponer de un Delegado de Protección de Datos u otros aspectos que le aplican de la normativa sobre privacidad, le invitamos a que nos exponga su caso en detalle para que podamos analizarlo y asesorarle específicamente.


Sobre el autor:

Ignacio Infiesta García
Consultor, Auditor de Protección de Datos y Cumplimiento Normativo
Delegado de Protección de Datos Certificado (esquema AEPD)
Nº ISMS 2021 20 0084
Lead Auditor ISO 27001, IQNet – AENOR
Sammos Legal Abogados

Salir de la versión móvil