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A partir de hoy 24 de enero de 2023, los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) de todo el Estado están convocados a una huelga indefinida.

Tras no haber conseguido las reivindicaciones reclamadas en las jornadas de huelga convocadas antes del periodo Navideño, los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ) han convocado una nueva huelga, ahora indefinida, a partir del próximo 24 de enero de 2023.

La adhesión de los LAJ a esta huelga, (que parece superará en seguimiento a la anterior convocatoria), supone la paralización de gran número de juzgados, la ralentización de los expedientes en curso y especialmente afecta a los actos de juicio y vistas señalados para las próximas semanas.

El pasado 19 de enero, se fijaron los servicios mínimos y esenciales que no podrán verse afectados.

Servicios mínimos

En este sentido se han establecido como servicios esenciales:

    • Servicio de guardia. Los Juzgados en servicio de guardia, en atención a los asuntos que tramitan y la urgencia en su resolución, deberán contar con toda la dotación de personal que efectúe el servicio de guardia.
    • Medidas cautelares o provisionales, debido a la afectación de derechos fundamentales y la necesidad de su pronta resolución.
    • Juicios orales del orden penal o cualquier otro acto o comparecencia en causas con preso o presa, con el fin de no demorar la resolución de situaciones de privación de libertad.
    • Las actuaciones de Registro Civil de cumplimiento prioritario e inexcusable de naturaleza registral (nacimientos, defunciones, matrimonios).
    • Las actuaciones relativas a la violencia de género, en los juzgados de violencia sobre la mujer, sean o no exclusivos. Estos juzgados también deberán contar con adecuados efectivos para garantizar cualquier atención indispensable de las víctimas.
    • Los procedimientos para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas referidos en el Capítulo XI del Título II del Libro II de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Capítulo I, Título V de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
    • Funciones de las Secretarias y Secretarios de Gobierno y de Coordinación Provincial vinculadas al seguimiento de la incidencia de la huelga, concesión de licencias y permisos y solicitud y resolución de suplencias y sustituciones entre las letradas y los letrados de sus territorios.
    • Atención a las actuaciones procesales ya señaladas en que deba intervenir un menor de edad o una persona con la capacidad modificada judicialmente.

Desde Sammos Legal Abogados estamos realizando las actuaciones necesarias para averiguar en qué estado quedarán los señalamientos de juicios y vistas previstos para las próximas semanas.

En cualquier caso, mantendremos al día e informados a todos nuestros clientes afectados por este paro convocado con carácter indefinido de la evolución de la situación.

Sabemos que las partes afectadas están trabajando con la ayuda de medidores en la resolución de este conflicto y esperamos que la situación se desbloquee en breve.

Pueden ampliar esta información dirigiéndose a nuestras oficinas o al profesional asignado a sus expedientes.

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