PERMISO DE NACIMIENTO

Con efectos desde el pasado 31 de julio de 2025, se han introducido modificaciones relevantes en el régimen de permisos laborales parentales. El permiso de nacimiento y cuidado del menor se mantendrá con la misma estructura vigente: un periodo de descanso obligatorio y el resto de semanas seguirán siendo de libre disposición durante el primer año desde el nacimiento.

¿Cómo es la nueva ampliación del permiso de nacimiento?

 

Con la nueva ampliación, la distribución de semanas para las familias biparentales será:

    • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción, con carácter obligatorio

    • 11 semanas a libre disposición de la persona progenitora, que se disfrutarán dentro de los primeros 12 meses de edad del menor.

    • 2 semanas para el cuidado de menor que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

¿Y en familias monoparentales?

 

En el caso de las familias monoparentales, se mantiene la misma distribución, con una ampliación de la duración:

    • 6 semanas ininterrumpidas a partir del nacimiento o adopción, con carácter obligatorio

    • 22 semanas a libre disposición de la persona progenitora, que se disfrutarán dentro de los 12 primeros meses de edad.

    • 4 semanas para el cuidado del menor que podrán utilizarse hasta que éste cumpla 8 años.

TIPO DE FAMILIA

PERMISO OBLIGATORIO

PERMISO A LIBRE DISPOSICIÓN (0-12 MESES)

PERMISO A LIBRE DISPOSICIÓN (HASTA 8 AÑOS)

Biparental

6 semanas ininterrumpidas desde el nacimiento/adopción.

11 semanas a disfrutar dentro de los primeros 12 meses.

2 semanas hasta los 8 años del menor.

Monoparental

6 semanas ininterrumpidas desde el nacimiento/adopción.

22 semanas a disfrutar dentro de los primeros 12 meses.

4 semanas hasta los 8 años del menor.

¿Desde cuando estará activa esta ampliación?

 

A pesar de que la entrada en vigor es el 31 de julio de 2025, se ha establecido una aplicación retroactiva para nacimientos y adopciones a partir del 2 de agosto de 2024.

Las familias en esta situación podrán beneficiarse de las 2 semanas (o 4 semanas en caso de familia monoparental) para el cuidado del menor hasta que éste cumpla 8 años. Este derecho podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026.

Desde SAMMOS LEGAL recordamos que estos cambios están ya en vigor y deben ser tenidos en cuenta en la planificación y gestión de recursos humanos. Asimismo, recomendamos a las empresas adaptar sus protocolos internos y prever la respuesta organizativa ante futuras solicitudes por parte de su plantilla.

Para cualquier duda sobre la aplicación práctica de esta medida o su adaptación a la normativa interna de la empresa, pueden contactar con nuestro equipo legal.

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Sobre el autor:

Irene Tur

Técnica de Relaciones Laborales

Sammos Legal Abogados