En Sammos Legal hemos observado un notable aumento de reclamaciones relacionadas con ortodoncia. Este tipo de procedimientos plantea particularidades jurídicas complejas, al situarse en la intersección entre la responsabilidad por mala praxis profesional y la derivada de productos defectuosos.
En este artículo, analizamos los principales criterios jurisprudenciales que los Abogados especializados deben tener en cuenta al afrontar este tipo de reclamaciones.
La naturaleza de la obligación en ortodoncia
Tradicionalmente, la jurisprudencia española ha establecido que la obligación de los profesionales sanitarios es de medios, no de resultado. Sin embargo, esta regla general se matiza significativamente en el ámbito de la ortodoncia. La Audiencia Provincial de Madrid, en su Sentencia 211/2017, de 3 de mayo, estableció que en tratamientos ortodóncicos la búsqueda de un resultado estético y funcional se convierte en un elemento esencial del contrato suscrito entre paciente y profesional.
Por tanto, en estos casos, la obligación adquiere un carácter mixto: de medios, pero con una expectativa razonable de resultado.
La prueba pericial y la valoración judicial
Uno de los pilares fundamentales en este tipo de procedimientos es la prueba pericial. El Tribunal Supremo, en la STS 330/2015, reafirmó que no existe infracción de la lex artis si no se acredita mala praxis mediante pericial técnica. En la misma línea, la Audiencia Provincial de Valencia (Sentencia 350/2020) subrayó que no basta con que el resultado no sea el esperado: es necesario demostrar que la actuación profesional fue médicamente incorrecta.
Responsabilidad por productos defectuosos
La responsabilidad por defectos en los dispositivos ortodóncicos se regula por los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Directiva 85/374/CEE y la normativa específica sobre productos sanitarios. La jurisprudencia reciente, como la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Madrid de 21 de junio de 2021, ha aplicado el Reglamento Roma II para determinar la legislación aplicable en casos internacionales.
Además, se ha reconocido la acción directa frente a aseguradoras, especialmente cuando existen dudas sobre la trazabilidad del producto.
Cuantificación del daño
La jurisprudencia ha fijado criterios para calcular las indemnizaciones:
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- Daño moral: según la gravedad de las secuelas.
- Lucro cesante: vinculado a los días de baja acreditados.
- Daño emergente: costes de tratamientos correctores.
- Daño estético: requiere valoración pericial específica.
Se han reconocido indemnizaciones que oscilan desde los 1.345 € hasta los 50.192 € por casos de complicaciones severas no informadas, como la neuralgia del trigémino.
Elementos probatorios esenciales
Para sustentar una reclamación por negligencia en ortodoncia, es indispensable:
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- Historia clínica detallada.
- Consentimiento informado específico para el tratamiento.
- Documentación radiológica (TAC, ortopantomografías, etc.).
- Protocolos de seguimiento clínico.
La prueba pericial debe abordar desde el diagnóstico inicial hasta el seguimiento, pasando por la adecuación de las técnicas empleadas y la eventual relación causal con el daño producido.
Deberes del dentista: información, seguimiento y adaptación
La jurisprudencia insiste en la importancia del consentimiento informado. Este debe incluir:
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- Riesgos específicos del tratamiento.
- Alternativas terapéuticas.
- Duración prevista.
- Posibles secuelas.
Asimismo, el profesional debe realizar controles periódicos, adaptar el tratamiento ante complicaciones y derivar al paciente si el caso lo requiere. La falta de estas actuaciones puede ser considerada como infracción de la lex artis.
Recomendaciones legales para pacientes afectados
En caso de sospecha de mala praxis en ortodoncia:
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- Recopile toda la documentación disponible.
- Solicite una segunda opinión profesional.
- Documente todas las visitas y comunicaciones con el ortodoncista.
- Tenga en cuenta los plazos de prescripción: un año en general, tres años en algunas comunidades como Cataluña.
Tendencias jurisprudenciales y perspectivas futuras
La jurisprudencia está evolucionando hacia una mayor exigencia en los deberes de información, la aplicación rigurosa de la lex artis y un incremento de las indemnizaciones reconocidas.
Además, se espera que las nuevas tecnologías ortodóncicas, el uso de la telemedicina y el consentimiento digital abran nuevas líneas de litigio y regulación.
Conclusión
La responsabilidad civil derivada de tratamientos ortodóncicos presenta una elevada complejidad jurídica, que requiere un profundo conocimiento del derecho sanitario y una estrategia procesal precisa.
En Sammos Legal contamos con la experiencia necesaria para abordar este tipo de reclamaciones, tanto en la defensa de pacientes como de profesionales sanitarios. Si has sufrido un perjuicio relacionado con ortodoncia, contacta con nosotros.