¿Has contratado a un profesional de la abogacía recientemente y tu caso no se ha gestionado como esperabas? ¿tienes el convencimiento de que el abogado o la abogada que han llevado tu asunto han cometido errores y por eso lo has perdido? ¿No te has sentido bien representada y defendida? ¿has perdido dinero o la oportunidad de reclamar un perjuicio? ¿no estas conforme con la calidad del servicio que te han prestado?
Si las respuestas a estas preguntas contienen un SI, te recomendamos la lectura del articulo porque trataremos de explicarte qué puedes hacer para resarcirte del perjuicio que te han ocasionado denunciando al Abogado por mala praxis.
Antes de contratar un Abogado debes saber que:
Lo primero que debes tener en cuenta es que, en general, actúas como un consumidor frente al profesional de la abogacía si eres persona física. Si actúas como empresa o profesional, deberá analizarse con mayor detalle la contratación y el marco de la prestación del servicio, pero, al igual que en el anterior supuesto, si el servicio contratado lo es con un propósito ajeno a tu actividad económica, puedes acogerte a la normativa protectora de los consumidores y usuarios.
Ello significa que los mecanismos tuitivos de la legislación de consumidores se aplican a la relación entre el cliente y el abogado, calificándose como relación de consumo a todos los efectos, gozando de una mayor protección. Al igual que con los bancos o las compañías de seguro, existe una sensibilidad de los tribunales para reequilibrar la situación de inferioridad en que te sitúas como cliente-consumidor respecto al profesional de la abogacía, durante la fase precontractual en lo referido tanto a tu capacidad de negociación de las condiciones del servicio que vas a contratar, como al nivel de información que tienes para ello.
Por contra, si no actúas como un consumidor, se considera que existe una libertad de pacto y que las partes (tu y el abogado) estáis en un mismo plano de libertad e igualdad.
Cuando contratas servicios jurídicos debes asegurarse de que se fijan por escrito sus condiciones particulares para tu caso. La idea es que no debe ser una adhesión a las condiciones generales de la firma legal con la que estas contratando. Y el elemento principal del contrato es el precio, su determinación y su forma de pago. Lo que incluye y lo que no incluye y cuál es el criterio utilizado por el prestador del servicio jurídico para fijarlo. Debes saber que existe la obligación del letrado de informarte sobre el importe aproximado de los honorarios o de las bases para su determinación y sobre las consecuencias que puede tener una eventual condena en costas, en caso de procedimiento judicial.
Para el supuesto de que el servicio contratado no cumpla con los estándares mínimos de diligencia exigible y este incumplimiento te haya producido un daño o un perjuicio, puedes reclamarle una indemnización.
Como denunciar a un Abogado en España por mala praxis:
En la relación del Abogado con su cliente, si el abogado incumple las obligaciones contratadas, o las que son consecuencia necesaria de su actividad profesional, estamos ante la posibilidad de exigir responsabilidad derivada del contrato.
Los tribunales han sentenciado en numerosas ocasiones que el deber de defensa jurídica debe sujetarse al respeto de la lex artis, que no son otra cosa que las reglas propias del oficio, o dicho de forma más amplia, de las reglas técnicas de la abogacía comúnmente admitidas y adaptadas a las particulares circunstancias de cada caso. Se aceptan, a título de ejemplo, los aspectos que debe comprender la prestación del servicio de defensa jurídica: informar de la gravedad de la situación, de la conveniencia o no de acudir a los tribunales, de los costos de todo el proceso y de las posibilidades de éxito o fracaso; de cumplir con los deberes deontológicos de lealtad y honestidad en el desempeño del encargo; de seguir las reglas del proceso; y aplicar al asunto los indispensables conocimientos jurídicos.
Como demostrar la mala praxis de un Abogado:
- Que se produzca un incumplimiento de los deberes profesionales del Abogado. Se trata de no seguir las reglas técnicas de la abogacía comúnmente admitidas y adaptadas a las particulares circunstancias del caso.
- Se exige que la parte que reclama -el cliente perjudicado-, pruebe el incumplimiento. Al tratarse de una responsabilidad subjetiva de carácter contractual, la carga de la prueba de la falta de diligencia en la prestación profesional, del nexo de causalidad con el daño producido, y de la existencia y del alcance de este corresponde a la parte que demanda la indemnización por incumplimiento contractual.
- La existencia de un daño efectivo consistente en la disminución cierta de las posibilidades de defensa. Cuando el daño por el que se exige responsabilidad civil consiste en la frustración de una acción judicial, aquel debe calificarse como patrimonial, si el objeto de la acción frustrada tiene como finalidad la obtención de una ventaja de contenido económico, cosa que implica, para valorar la procedencia de la acción de responsabilidad, el deber de realizar un cálculo prospectivo de oportunidades de buen éxito de la acción frustrada. Y es que el daño por pérdida de oportunidades es hipotético y no puede dar lugar a indemnización cuando no hay una razonable certidumbre de la probabilidad del éxito. La responsabilidad por pérdida de oportunidades exige demostrar que el perjudicado se encontraba en una situación fáctica o jurídica idónea para realizarlas.
- Existencia del nexo de causalidad. El nexo de causalidad debe existir entre el incumplimiento de los deberes profesionales y el daño producido, y solo se da si este último es imputable objetivamente, con arreglo a los principios que pueden extraerse del ordenamiento jurídico, al abogado. Debemos recordar que el deber de defensa no implica una obligación de resultado, sino una obligación de medios, en el sentido de que no comporta, como regla general, la obligación de lograr una estimación o una resolución favorable a las pretensiones deducidas o a la oposición formulada contra las esgrimidas por la parte contraria. Este criterio impone descartar la responsabilidad civil del abogado cuando concurren elementos ajenos suficientes para desvirtuar la influencia de su conducta en el resultado dañoso, como la dejadez de la parte, la dificultad objetiva de la posición defendida, la intervención de terceros o la falta de acierto no susceptible de ser corregida por medios procesales de la actuación judicial.
- Fijación de la indemnización equivalente al daño sufrido o proporcional a la pérdida de oportunidades. No es necesario que se demuestre la existencia de certeza absoluta sobre la influencia del incumplimiento de sus obligaciones por parte del abogado sobre el resultado desfavorable del proceso. Pero debe tenerse en cuenta que no puede reconocerse responsabilidad del abogado cuando no se acredite que su defectuosa actuación disminuyó en un grado apreciable las oportunidades de éxito de la acción. En este caso podrá graduarse su responsabilidad según la proporción de la conducta del abogado al fracaso de la acción.
Somos especialistas en responsabilidades así que, si te has encontrado con un caso de mala praxis profesional, no dudes en consultarnos.
Obligaciones del Abogado con su cliente
A lo que está obligado el Abogado, pues, es a prestar sus servicios profesionales con competencia y prontitud requeridas por las circunstancias de cada caso. En esa competencia se incluye el conocimiento de la legislación y jurisprudencia aplicable al caso, y a su aplicación con criterios de razonabilidad.
En este sentido, la prestación de servicios de abogacía, como relación personal y de confianza, incluye el deber de cumplirlos y un deber de fidelidad. Imponen al profesional el deber de ejecución óptima del servicio contratado, que presupone la adecuada preparación profesional y supone el cumplimiento correcto; de ello se desprende que, si no se ejecuta o se hace incorrectamente, se produce el incumplimiento total o el cumplimiento defectuoso de la obligación que corresponde al profesional.
Dicha preparación profesional incluirá necesariamente el conocimiento de la legislación y jurisprudencia aplicable al caso, y su aplicación con criterios de razonabilidad si hubiese interpretaciones no unívocas, pero, tal y como se viene reiterando, su obligación no es de resultado, sino que se extiende a actuar diligentemente en la defensa de los intereses de su cliente. En igual sentido, para apreciar existencia de negligencia del profesional, debe analizarse su conducta atendiendo a la conducta que habría observado un letrado en ejercicio medio en una situación pareja con similares conocimientos y aptitudes.
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