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El TSJ de Cataluña reconoce la incapacidad permanente parcial a un policía local

Cuando una persona recibe una resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) denegando una incapacidad permanente parcial, es habitual que piense que el procedimiento ha terminado.

Nada más lejos de la realidad.

En Sammos Legal comprobamos con frecuencia que muchas resoluciones administrativas no reflejan adecuadamente la verdadera repercusión funcional de las lesiones. La diferencia entre una denegación y una sentencia favorable suele encontrarse en un aspecto que muchas personas desconocen: la calidad de la prueba aportada al procedimiento judicial.

Este es precisamente el caso que hoy queremos compartir.

Tras obtener una sentencia favorable en el Juzgado de lo Social, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirmó íntegramente el reconocimiento de una incapacidad permanente parcial para un policía local, desestimando el recurso interpuesto por el INSS.

Aunque cada procedimiento debe analizarse de forma individual, esta resolución constituye un magnífico ejemplo de cómo una estrategia probatoria rigurosa puede cambiar completamente el resultado de un expediente.

El problema no era el diagnóstico

Nuestro cliente sufría importantes secuelas en un tobillo tras una lesión que requirió cirugía.

Persistían lesiones osteocondrales, edema óseo, dolor, limitación de movilidad y dificultades durante la marcha, circunstancias especialmente relevantes para una profesión con una elevada exigencia física como la de policía local.

Sin embargo, el expediente administrativo terminó con una resolución desfavorable.

El INSS entendía que aquellas secuelas no justificaban ningún grado de incapacidad permanente.

Y aquí aparece una de las cuestiones más importantes.

No existía una discusión sobre si el trabajador estaba lesionado.

La verdadera discusión era otra:

¿Hasta qué punto aquellas lesiones reducían realmente su capacidad para ejercer como policía?

¿Qué exige la profesión de un policía local?

Muchas personas imaginan que el trabajo policial consiste únicamente en patrullar.

La realidad es mucho más compleja.

Entre las funciones habituales encontramos:

  • patrullas preventivas.
  • permanencia prolongada de pie.
  • desplazamientos continuos.
  • persecuciones.
  • intervenciones físicas.
  • control de alteraciones del orden público.
  • auxilio inmediato a ciudadanos.
  • actuaciones de emergencia.

Todo ello requiere una capacidad funcional elevada del aparato locomotor.

Por eso, una lesión de tobillo aparentemente “moderada” puede tener consecuencias laborales mucho mayores que en otras profesiones.

El gran error de muchos expedientes de incapacidad

Uno de los errores más habituales consiste en pensar que una resonancia magnética gana un juicio.

No es así.

Los tribunales no conceden incapacidades por el nombre de una lesión.

Lo que valoran es la repercusión funcional.

Dos trabajadores pueden presentar exactamente la misma lesión y obtener resoluciones completamente diferentes.

¿Por qué?

Porque uno consigue demostrar cómo afecta esa lesión a su trabajo y el otro no.

Precisamente ahí estuvo la clave de este procedimiento.

La estrategia de Sammos Legal: demostrar lo que realmente ocurría

Desde el inicio entendimos que era necesario ir mucho más allá de la documentación médica habitual.

No bastaba con aportar resonancias, informes traumatológicos o partes clínicos.

Había que demostrar objetivamente cómo funcionaba el tobillo.

Y para ello diseñamos una estrategia pericial basada en tres pilares:

  • Informes médicos especializados;
  • Documentación clínica completa;
  • Dos estudios biomecánicos independientes adicionales a los que aportaba el INSS a través de su clínica pericial habitual.

Esta última prueba terminó siendo especialmente relevante.

Las biomecánicas privadas marcaron la diferencia

En el procedimiento se aportaron dos estudios biomecánicos realizados por especialistas independientes.

Su objetivo era sencillo:

No describir la lesión.

Sino medir objetivamente sus consecuencias y acreditar como la valoración de la pericial biomecánica practicada por el INSS se apartaba de las valoraciones realizados centros independientes.

Estos estudios analizaron aspectos como:

  • Movilidad activa.
  • Movilidad bajo carga.
  • Alteraciones del ciclo de la marcha.
  • Déficit muscular.
  • Reparto de cargas.
  • Estabilidad funcional.

Los resultados fueron extraordinariamente reveladores.

Cuando las mismas pruebas se interpretan de forma distinta

Uno de los aspectos más interesantes del caso fue comprobar que el problema no era únicamente disponer de más pruebas.

La verdadera diferencia residía en la interpretación de los resultados.

Mientras la valoración realizada por los peritos del INSS concluía que las limitaciones funcionales eran relativamente reducidas, los estudios biomecánicos privados evidenciaban pérdidas de movilidad muy superiores, importantes alteraciones de la marcha y déficits musculares que condicionaban claramente el desempeño profesional.

Esa diferencia interpretativa permitió al juzgado comprender que la realidad funcional del trabajador era muy distinta de la que había servido de base para la resolución administrativa.

La sentencia destaca precisamente esas limitaciones objetivadas mediante la prueba pericial, haciendo referencia a la pérdida de movilidad, el déficit muscular y la alteración del ciclo de la marcha.

¿Qué dijo el Tribunal Superior de Justicia?

El recurso del INSS pretendía sostener que el trabajador podía desarrollar otras funciones menos exigentes físicamente.

Sin embargo, el Tribunal recordó un principio muy importante.

La incapacidad permanente debe valorarse respecto de la profesión habitual considerada en su conjunto.

No únicamente respecto de aquellas tareas administrativas que eventualmente puedan desempeñarse.

Asimismo, la Sala recordó que la posible existencia de una segunda actividad no elimina automáticamente el derecho al reconocimiento de una incapacidad permanente parcial.

Es decir:

Lo importante no es si existe un despacho donde pueda trabajar un policía.

Lo importante es si las secuelas disminuyen de forma significativa su rendimiento en las funciones propias de la profesión.

¿Qué es exactamente una incapacidad permanente parcial?

La incapacidad permanente parcial es aquella que provoca una disminución igual o superior al 33 % del rendimiento normal en la profesión habitual sin impedir realizar sus tareas fundamentales.

A diferencia de la incapacidad permanente total, el trabajador puede seguir desempeñando su profesión, pero con una merma funcional relevante.

La prestación consiste, con carácter general, en una indemnización equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora, tal y como ocurrió en este procedimiento.

¿Qué enseñanzas deja este caso?

Este procedimiento demuestra varias cuestiones que cualquier trabajador debería conocer:

  • Una denegación del INSS no pone fin al procedimiento.
  • La prueba pericial puede cambiar completamente un juicio.
  • Las biomecánicas permiten objetivar limitaciones que muchas veces pasan desapercibidas.
  • La profesión concreta del trabajador es determinante.
  • La segunda actividad no impide automáticamente el reconocimiento de una incapacidad.

Nuestra forma de trabajar

En Sammos Legal entendemos que cada procedimiento requiere una estrategia propia.

No nos limitamos a revisar informes médicos.

Analizamos si la prueba existente explica realmente la situación funcional del trabajador y, cuando resulta necesario, colaboramos con especialistas capaces de aportar evidencia objetiva que permita al juzgado conocer la verdadera repercusión de las secuelas.

En este procedimiento, la combinación de una estrategia jurídica sólida y una prueba pericial rigurosa permitió acreditar que la valoración realizada durante la fase administrativa no reflejaba adecuadamente las limitaciones del trabajador.

El resultado fue la confirmación íntegra de la sentencia por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Preguntas frecuentes

¿El INSS puede equivocarse al valorar una incapacidad?

Sí. Las resoluciones del INSS pueden ser revisadas por los Juzgados de lo Social y, posteriormente, por los Tribunales Superiores de Justicia.

¿Es útil una prueba biomecánica?

En patologías traumatológicas, lesiones de tobillo, rodilla, pie, cadera o alteraciones de la marcha puede aportar información objetiva de gran valor para acreditar las limitaciones funcionales.

¿Un policía puede obtener una incapacidad permanente parcial?

Sí. Dependerá de las secuelas concretas y de la disminución objetiva que produzcan en el rendimiento de su profesión habitual.

¿La segunda actividad impide cobrar una incapacidad?

No necesariamente. La jurisprudencia ha reiterado que la existencia de una posible segunda actividad no excluye por sí sola el reconocimiento de una incapacidad permanente cuando concurren los requisitos legales.

¿Te han denegado una incapacidad permanente?

Si el INSS ha rechazado tu solicitud, conviene analizar el expediente antes de dar el caso por perdido.

En numerosas ocasiones, una adecuada estrategia jurídica y pericial permite acreditar limitaciones que no quedaron suficientemente reflejadas durante la vía administrativa.

En Sammos Legal estudiamos cada caso de forma individual para valorar las posibilidades reales de éxito y diseñar la estrategia probatoria más adecuada.

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Sobre el autor:

abogado laboral barcelona

Avelina BARJA RODRIGUEZ

Abogada. Socia Responsable Área Laboral

Sammos Legal Abogados