Festivos
«Los días festivos no pueden computar como días de descanso en casos de trabajadores con jornadas laborales de lunes a domingo.» Así lo acaba de reiterar el Tribunal Supremo en relación a esta práctica muy habitual en ciertos sectores y que en este último pronunciamiento de hace apenas unos días afectaba a la multinacional Zara.

¿Por qué hablamos de festivos hoy?

En nuestro marco normativa laboral la regulación del tiempo de trabajo y descanso es fundamental para garantizar la salud y el bienestar de los trabajadores, obligando a planificar por las empresas el calendario laboral respetando la jornada máxima que cada convenio colectivo establezca o de no existir este en el sector afectado, la fijada por el Estatuto de los Trabajadores, pero no olvidemos también los descansos entre jornadas y semanales.

Recientemente, el Tribunal Supremo ha emitido una sentencia que aborda la práctica empresarial de hacer coincidir los días de descanso semanal variables con los días festivos, una cuestión de gran relevancia para sectores como el comercio minorista y hostelería.

Esta decisión reafirma el derecho de los trabajadores a disfrutar de sus descansos sin que se solapen con los festivos, destacando la importancia de respetar los períodos de descanso establecidos por los convenios o la ley aplicable.

Contexto normativo y jurisprudencial

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal, preferentemente en domingo, y a disfrutar de los días festivos establecidos por la ley, que para nosotros suelen ser casi siempre lo estipulado en el Convenio Colectivo de aplicación.

Además, el artículo 40.2 de la Constitución Española reconoce el derecho de los trabajadores a la promoción de su salud mediante la reducción de los riesgos derivados del trabajo. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha venido reiterando que los días festivos tienen carácter retribuido y no recuperable, y que su finalidad es garantizar el descanso de los trabajadores.

En este contexto, la sentencia del Tribunal Supremo en el caso de Zara refuerza la doctrina establecida en sentencias anteriores, como la STS 570/2022, de 22 de junio, que ya había declarado que los días festivos no pueden considerarse como tiempo de trabajo efectivo y deben disfrutarse como días de descanso. La reciente decisión subraya que la práctica empresarial de hacer coincidir los descansos semanales con los días festivos no es ajustada a derecho, ya que impide a los trabajadores disfrutar de su descanso semanal en el día correspondiente.

Implicaciones para las empresas y sectores afectados

La sentencia tiene importantes repercusiones para empresas que operan en sectores con horarios irregulares, como el comercio minorista y hostelería. Estas empresas deben revisar sus políticas de planificación de turnos y cuadrantes horarios para asegurar que los descansos semanales no coincidan con los días festivos. De no hacerlo, podrían enfrentarse a reclamaciones legales por parte de los trabajadores y sanciones por parte de las autoridades laborales.

Además, la decisión del Tribunal Supremo refuerza la necesidad de que las empresas respeten los derechos laborales fundamentales, como el derecho al descanso, y promueve un entorno de trabajo saludable y equilibrado, respetando las jornadas y descansos obligatorios entre jornadas y semanales.

Esto es especialmente relevante en sectores con alta rotación de personal y jornadas laborales extensas, donde el respeto a los períodos de descanso es crucial para prevenir el agotamiento y mejorar la productividad.

Conclusión

La sentencia del Tribunal Supremo 372/2025, de 30 de abril, sobre la coincidencia de días festivos y descansos semanales reafirma el compromiso del ordenamiento jurídico español con la protección de los derechos laborales y la promoción de la salud de los trabajadores. Esta decisión no solo tiene implicaciones legales, sino que también envía un mensaje claro a las empresas sobre la importancia de respetar los períodos de descanso establecidos por la ley. Es esencial que las empresas adapten sus prácticas laborales para cumplir con la normativa vigente y garantizar un entorno de trabajo justo y saludable para todos los empleados.

Nuestro equipo especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social está a vuestra disposición para ampliar y aclarar esta y cualquier otra información que preciséis.

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Sobre el autor:

abogado laboral barcelona

 

Avelina BARJA RODRIGUEZ

Abogada. Socia Responsable Área Laboral

Sammos Legal Abogados