El año 2023 ha arrancado con una especial proliferación legislativa y parece que pronto verán la luz nuevas reformas legales con incidencia en el ámbito laboral de gran trascendencia para empresas y trabajadores de las que nos vemos en la obligación de informar, incluso aunque sólo estén en fase embrionaria para que nuestros clientes y lectores estén informados oportuna y puntualmente de un importante cambio de paradigma en ciertos aspectos.
Nuevos supuestos especiales de baja
Desde el próximo 1 de junio, se incorpora tres nuevos supuestos de incapacidad permanentes en favor de las mujeres trabajadoras.
Concretamente a través de la Ley Orgánica 1/20123, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, se e incorporan 3 nuevos supuestos especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes:
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- Casos de menstruación incapacitante secundaria o dismenorrea secundaria asociada a patologías como la endometriosis, adenomiosis, pólipos endometriales, miomas, enfermedad inflamatoria pélvica, ovarios poliquísticos, o dificultad en la salida de sangre menstrual sea del tipo que sea, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo.
El subsidio de incapacidad temporal se abonará con cargo a la empresa el primer día de baja y con cargo a la Seguridad Social desde el 2º hasta la fecha del parto.
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- Las situaciones de interrupción del embarazo, voluntaria o no, mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y esté impedida para el trabajo. Lo que significa que la interrupción del embarazo practicada en el ámbito privado no tendrá cobertura.
El subsidio de incapacidad temporal se abonará con cargo a la empresa el primer día de baja y con cargo a la Seguridad Social desde el 2º hasta la fecha del parto.
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- Se considerará también situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes la de gestación de la mujer trabajadora desde el día primero de la semana 39 del embarazo.
El subsidio de incapacidad temporal se abonará desde el 1er día de la semana 39 de gestación.
En todos los casos subsistirá la obligación de seguir cotizando, y mientras reciba asistencia sanitaria por el Servicio Público de Salud y se esté impedida para el trabajo.
Se establece concretamente como recaída en un mismo proceso cuando se produzca una nueva baja médica por la misma o similar patología dentro de los ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha de efectos de alta médica anterior, salvo los procesos por bajas médicas por menstruación incapacitante secundaria en los que cada proceso se considerará nuevo sin computar a los efectos del período máximo de duración de la situación de incapacidad temporal, y de su posible prórroga.
Los nuevos permisos retribuidos 2023
El proyecto de Ley de Familias en curso parlamentario y que verá pronto la luz recoge en su texto cuatro nuevos permisos retribuidos 2023 para las personas trabajadoras que salvo modificaciones que se incorporen durante el trámite de aprobación se plantean en los siguientes términos.
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- 15 días retribuidos para las parejas de hechos registradas, con la finalidad de equiparar la celebración de matrimonio y la constitución de parejas de hecho.
- 5 días anuales retribuidos para el cuidado de familiares dependientes, de disfrute acumulado o fraccionado.
Entendiendo por familiar dependiente quien por razón de su edad, enfermedad o discapacidad, precise asistencia o cuidados de otro familiar. Concretamente podrán ser considerados familiares dependientes los cónyuges, parejas de hecho, ascendientes (padres, abuelos) o descendientes (hijos, nietos).
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- 8 semanas de permiso parenteral retribuido hasta que el menor cumpla 8 años para facilitar la conciliación familiar y la co-responsabilidad, ya sea a jornada completa o parcial. Debiendo acumularse por periodos mínimos de una semana.
Expresamente contempla el proyecto normativo que este permiso podrá disfrutar de forma individual por uno de los progenitores o de forma compartida por ambos progenitores., pero en este caso, el permiso se ampliaría a un total de 16 semanas.
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- 4 días al año por causa de fuerza mayor relacionadas con las responsabilidades familiares.
En Sammos Legal Abogados estamos a vuestra disposición para aclarar el contenido sobre las nuevas incapacidades temporales o los nuevos permisos retribuidos 2023 o cualquier otra duda laboral. Acercamos el Derecho a sus destinatario