jurisdicción civil

Siguiendo la reciente decisión del Tribunal Supremo (Sentencia 1519/2023 del 6 de noviembre) sobre la posibilidad de que las personas perjudicadas demanden directamente a las aseguradoras de la administración sanitaria, quiero compartir algunas reflexiones importantes.

Cuando se trata de reclamar por mala praxis médica, la opción de recurrir a la jurisdicción civil puede ser beneficiosa. Esta vía permite condenar a la compañía de seguros, incluso si aún no hay una resolución administrativa firme que establezca la responsabilidad.

Optar por la vía civil tiene ventajas, no solo en términos de simplificar la relación legal y evitar complicaciones con múltiples partes involucradas, sino también en términos de velocidad. La vía administrativa suele ser más lenta, especialmente cuando se dirige la reclamación contra el proveedor público de servicios sanitarios, lo que requiere una solicitud previa de responsabilidad administrativa.

Es esencial destacar que esto no exime al demandante de demostrar la responsabilidad de la administración antes. Sin embargo, en la jurisdicción civil, la aseguradora puede ser obligada a compensar el daño causado por su asegurado. La administración puede incluso solicitar su participación en el proceso mediante la intervención voluntaria sin cambiar el régimen de competencia.

Por supuesto, para que esto funcione, el riesgo asegurado debe estar cubierto y el perjudicado debe tener un interés afectado por una acción atribuible a la persona asegurada.

Esta vía proporciona una solución más directa para aquellos perjudicados por mala praxis médica, evitando el complicado camino de la vía contenciosa y promoviendo la igualdad de condiciones en un procedimiento civil entre privados.

Al elegir esta ruta, se evita un pronunciamiento previo desestimatorio por parte de la administración pública, que a menudo condiciona el desarrollo del proceso judicial.

Aunque existe el riesgo de costas legales en caso de desestimación completa de la demanda, un análisis cuidadoso de la viabilidad respaldado por un informe pericial sólido puede minimizar este riesgo, con la esperanza de obtener al menos un fallo parcial en el peor de los casos.

Si la demora habitual en la jurisdicción contenciosa es un problema, esta alternativa de la jurisdicción civil puede ser una herramienta para superar esa parálisis y avanzar en la resolución de casos.

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Sobre el autor:

 

Sergio Santamaría Santigosa

Abogado

Área de Responsabilidad Civil y empresa