mala praxis en asesoría

El asesoramiento fiscal, mercantil, laboral, bancario, consiste en orientar al cliente mediante el consejo sobre los distintos beneficios a la hora de adoptar decisiones con trascendencia económica, porque «el asesor es tan solo quien aconseja, quien ilustra el parecer o, si se quiere, quien con sus conocimientos especializados completa la formación del recto criterio ajeno, sin el más mínimo atributo de suplencia en la manifestación de voluntad del asesorado».

¿Qué es la mala praxis en asesoría?

La Justicia considera que la naturaleza de esta relación es una obligación de medios, no de resultado, y, por lo tanto, una actuación de éste ignorando los conocimientos técnicos que se le suponen, o si no lleva a cabo los tendentes a procurárselos, generaran responsabilidad civil por mala praxis en asesoría, ante el daño efectivo de carácter patrimonial que ocasione a su cliente.

La responsabilidad civil existirá no si no se consigue el resultado perseguido, sino si en esa actividad no se ha prestado la necesaria competencia profesional debida, probando que actuó con criterios razonables, conociendo el ordenamiento y doctrina aplicables, informando al cliente de manera transparente.

Facetas de la actividad asesora

La actividad asesora tiene dos vertientes: la faceta asesora encaminada a aconsejar a su cliente sobre la mejor solución para lo que se le expone, y la puramente gestora encargada de la verificación del simple trámite ante la Administración correspondiente en ejecución de la decisión que el cliente adopta tras la adecuada asesoría.

La mala praxis en asesoría profesional se concreta en una actitud negligente y descuidada en la realización del servicio contratado, teniendo en cuenta que se le contrata por sus conocimientos técnicos, puestos a disposición del cliente, siendo la actuación contraria a la praxis profesional que se le presupone, lo que justificaría la responsabilidad que se le reclama.

En caso de ignorancia palmaria, unida a la confianza que previamente se ha ganado ante la persona que en él la deposita, detalles de la relación profesional que denoten falta de estudio, desconocimiento de la materia abordada y perjuicio evidente, el camino para la exigencia y depuración de la responsabilidad dimanante se presenta expedito por clara contravención de la ‘lex artis’.

Como especialistas en responsabilidad civil, en Sammos Legal, contamos con un equipo multidisciplinar enfocado en mala praxis en asesoría, puedes preguntarnos a través del siguiente botón.

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Luis López

Abogado – Socio Área de Responsabilidades y Empresa

Sammos Legal Abogados