negligencia profesional nueva ley

¿Qué es una negligencia profesional?

Se habla de negligencia profesional cuando un/a profesional (abogado/a, médico/a, arquitecto/a, asesor/a, corredor/a de seguros, etc.) incumple los deberes de diligencia propios de su profesión y, como consecuencia, causa un perjuicio económico, personal o moral a su cliente o paciente. No se trata de que el resultado haya sido simplemente malo, sino de que ese profesional no actuó conforme a los estándares que se le exigen (la llamada lex artis o diligencia profesional debida).

¿Cómo se canalizan estas reclamaciones en España?

En España, este tipo de reclamaciones se canalizan, en general, por la vía civil (responsabilidad contractual o extracontractual), con intervención habitual de aseguradoras de responsabilidad civil profesional. La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido delimitando con bastante precisión cuándo existe negligencia, cómo se prueba, qué papel juega la pérdida de oportunidad y cómo se cuantifica la indemnización.

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Negligencia profesional nueva Ley orgánica 1/2025

Con la entrada en juego de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia, reclamar por negligencia profesional exige, además, cumplir un requisito previo de actividad negociadora o de recurso a medios adecuados de solución de controversias (MASC), salvo excepciones. Esto cambia de forma relevante la estrategia para reclamar.

LO 1/2025 y los medios adecuados de solución de controversias (MASC)

La LO 1/2025 introduce en su Título II una regulación general de los “medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional” y convierte, para la mayoría de los pleitos civiles y mercantiles, la actividad negociadora previa en un auténtico presupuesto de procedibilidad: sin ese intento previo, la demanda puede ser inadmitida. Y nos estamos encontrando con criterios dispares que varían dependiendo del Tribunal de Instancia y de la plaza. Aunque las Audiencias Provinciales más relevantes como Madrid o Barcelona ya disponen de criterios unificadores.

En síntesis, para reclamaciones civiles por negligencia profesional:

  • Antes de presentar la demanda, debe intentarse al menos uno de estos medios (art. 2 y 5 LO 1/2025):
    • Negociación directa entre las partes o a través de sus abogados.
    • Mediación (Ley 5/2012 y leyes autonómicas).
    • Conciliación u otros mecanismos reconocidos legal o reglamentariamente.
    • Oferta vinculante confidencial.
    • Opinión neutral de experto independiente.
    • Derecho colaborativo u otros medios previstos en normas sectoriales o autonómicas.
  • Esa actividad negociadora debe coincidir sustancialmente con el objeto del litigio que luego se llevará a los tribunales (identidad entre lo negociado y lo reclamado).
  • El intento de MASC interrumpe la prescripción o suspende la caducidad de la acción (art. 7 LO 1/2025), lo que resulta clave en reclamaciones donde los plazos son cortos.
  • En la demanda debe constar una descripción del proceso de negociación previo, y se deben acompañar los documentos que acrediten haber acudido a un medio adecuado de solución de controversias o, en su caso, la imposibilidad de hacerlo (reforma de la LEC, art. 264.4 y concordantes).
  • Incumplir este requisito puede acarrear la inadmisión de la demanda (modificaciones de los arts. 403 y 439 LEC), salvo que el caso esté dentro de las excepciones legales (tutela de derechos fundamentales, ciertas materias de familia, juicio cambiario, ejecución, medidas cautelares, etc.).

Novedades en materia de costas judiciales

Además, la LO 1/2025 introduce una importante novedad en materia de costas: si una parte hizo antes del juicio una propuesta razonable en un MASC y la sentencia coincide sustancialmente con esa propuesta, puede pedir la exoneración o reducción de costas (nuevo art. 245 bis LOPJ y reformas conexas).

Para Sammos Legal, esto implica que la fase extrajudicial ya no es meramente estratégica, sino también obligatoria en muchos supuestos. Preparar bien esa fase es esencial para que la reclamación por negligencia profesional llegue a buen puerto.

¿Cuándo consideran los tribunales que existe negligencia profesional?

Obligación de medios, no de resultado

Tanto en el ámbito jurídico como en el sanitario, el Tribunal Supremo insiste en que, con carácter general, el profesional asume una obligación de medios, no de resultado. El abogado no garantiza ganar el pleito y el médico no garantiza la curación, pero sí está obligado a actuar con la diligencia que corresponde al estándar de un profesional medio en su ámbito.

En el caso de los médicos, esta diligencia se valora a través de la lex artis ad hoc, entendida como el conjunto de reglas técnicas y de conducta aceptadas por la comunidad científica y aplicables al caso concreto.

Requisitos para que prospere la reclamación contra un Abogado

La STS 447/2016, de 1 de julio, fija cinco requisitos básicos para la prosperabilidad de la acción de responsabilidad civil profesional contra abogados:

  1. Incumplimiento de los deberes profesionales.
  2. Prueba del incumplimiento.
  3. Existencia de un daño efectivo, normalmente una disminución cierta de las posibilidades de defensa o una pérdida de ventaja económica.
  4. Nexo de causalidad entre la actuación negligente y el daño, valorado con criterios de imputación objetiva.
  5. Cuantificación de la indemnización, equivalente al daño sufrido o proporcional a la pérdida de oportunidad.

Ejemplos de negligencia de Abogado según el Tribunal Supremo:

  • Error procesal que provoca caducidad de la acción: en la STS 375/2021, de 1 de junio, se aprecia responsabilidad por negligencia cuando el letrado cursa una demanda sin concretar correctamente el órgano competente (familia), lo que provoca la caducidad de la acción de pensión y compensación económica.
  • Dejar prescribir o caducar la acción al no interponer la demanda en plazo o no continuar la actividad procesal necesaria (por ejemplo, la STS de 13 de julio de 2017, con condena al abogado por presentar fuera de plazo, obligando a revisarse la cuantía de la indemnización).
  • No informar correctamente de las opciones de recurso o de acciones alternativas, lo que puede entrar en el ámbito de la pérdida de oportunidad, aunque esta figura exige acreditar una probabilidad suficientemente relevante de éxito perdido.

En cambio, no toda derrota judicial implica negligencia: si el abogado actuó conforme a la lex artis y la estrategia era razonable, el hecho de perder no genera responsabilidad por sí mismo.

Negligencia médica, lex artis y consentimiento informado

En el ámbito sanitario, la responsabilidad se fundamenta en la infracción de la lex artis ad hoc, que comprende, entre otros aspectos:

  • Correcto diagnóstico y uso proporcional de pruebas según el cuadro clínico.
  • Elección adecuada de la técnica terapéutica conforme al estado actual de la ciencia.
  • Ejecución diligente de las técnicas, incluidas las quirúrgicas.
  • Información suficientemente comprensible y anticipada sobre diagnóstico, riesgos, alternativas y pronóstico (consentimiento informado).
  • Documentación clínica adecuada y sin omisiones graves.
  • Seguimiento diligente del paciente y control de incidencias hasta el alta.

El Tribunal Supremo ha reiterado:

  • Que el incumplimiento del consentimiento informado puede constituir por sí mismo una infracción de la lex artis y generar responsabilidad, especialmente en medicina voluntaria o satisfactiva (cirugía estética), como en la STS 715/2013 o en pronunciamientos posteriores.
  • Que en algunos supuestos se aplica la doctrina del daño desproporcionado, invirtiendo en la práctica la carga de la prueba cuando el resultado es tan anómalo que no se explica sin una mala praxis (por ejemplo, STS 30 de noviembre de 2021, sobre cirugía estética mamaria).
  • Que la sentencia 680/2023 actualiza y sistematiza la noción de lex artis, subrayando la importancia conjunta de la información, la técnica y el seguimiento.

Otros sectores profesionales (arquitectos, ingenieros, corredores de seguros, etc.) siguen criterios análogos: incumplimiento de la diligencia profesional propia de su sector, daño y nexo causal, a menudo con intervención relevante de su seguro de responsabilidad civil.

¿Cómo afecta la LO 1/2025 a las reclamaciones por negligencia profesional?

En una reclamación civil por negligencia profesional (por ejemplo, contra un/a abogado/a, médico/a privado/a o arquitecto/a), tras la LO 1/2025 deben tenerse en cuenta, de forma muy práctica, los siguientes puntos:

  1. Obligatoriedad del MASC previo en la mayoría de los casos civiles/mercantiles:
    • Si la acción es civil (contractual o extracontractual) y no está en las excepciones del art. 5 LO 1/2025, será necesario el intento previo de negociación o MASC.
    • La negligencia profesional suele entrar plenamente en este ámbito disponible para las partes.
  2. Acreditación en la demanda:
    • En la demanda deberá describirse el proceso de negociación previa o explicar la imposibilidad de llevarlo a cabo.
    • Será recomendable conservar: burofax, correos electrónicos, actas de mediación, propuestas de acuerdo, minutas de reuniones, etc.
  3. Estrategia de costas:
    • Si la parte reclamante formula una oferta seriamente razonable en el MASC, y la sentencia se aproxima mucho a dicha oferta, podrá invocar el nuevo incidente de exoneración o reducción de costas, con lo que se refuerza la conveniencia de hacer una propuesta bien fundamentada desde el inicio.
  4. Plazos de prescripción y efecto del MASC:
    • Los plazos de prescripción generales (5 años para responsabilidad contractual; 1 año para extracontractual, con matices ya que, en Cataluña, por ejemplo, tenemos 10 años para las acciones de responsabilidad contractual y 3 años para las de extra contractual) siguen siendo críticos.
    • La actividad negociadora interrumpe o suspende esos plazos, pero hay que cumplir formalidades y tiempos que la propia LO 1/2025 y la LEC desarrollan.

En Sammos Legal, el diseño de la reclamación por negligencia profesional ya comienza en la fase MASC, no solo pensando en un eventual acuerdo, sino también en cómo esa fase condicionará la viabilidad, admisibilidad y coste del posterior pleito.

Guía paso a paso para reclamar una negligencia profesional tras la LO 1/2025

Paso 1. Evaluación inicial del caso con un despacho especializado

  • Análisis de los hechos: qué hizo o dejó de hacer el profesional, qué se esperaba razonablemente.
  • Identificación del tipo de responsabilidad (contractual, extracontractual, sanitaria pública o privada, etc.).
  • Determinación del plazo de prescripción aplicable y de la fecha de inicio del cómputo.
  • Estimación preliminar del daño: económico, personal, pérdida de oportunidad procesal, etc.

En esta fase suele ser recomendable recabar ya la póliza de seguro de RC profesional del presunto responsable, si es posible.

Paso 2. Recopilación de documentación clave

Según el tipo de negligencia, será importante reunir:

  • Contratos, encargos profesionales, presupuestos y condiciones generales.
  • Intercambios de correos electrónicos, mensajería y comunicaciones.
  • En caso de abogados: escritos procesales, resoluciones, fechas de notificaciones, acreditación de plazos perdidos.
  • En caso de sanitarios: historia clínica completa, consentimientos informados, informes médicos y pruebas complementarias.
  • Informes periciales iniciales o notas técnicas que permitan valorar si hubo real infracción de la lex artis o de los deberes profesionales.

Paso 3. Informe pericial y análisis de viabilidad

En la práctica, la prueba pericial es esencial:

Este informe permite:

  • Decidir si el caso es viable.
  • Dibujar la estrategia y cuantía de reclamación.
  • Preparar el argumento jurídico y causal que se defenderá tanto en el MASC como en el juicio.

Paso 4. Diseño y ejecución de la fase MASC (requisito LO 1/2025)

Con la LO 1/2025, esta fase pasa de ser opcional a prácticamente obligatoria en muchas reclamaciones contra profesionales.

Opciones habituales:

  1. Negociación directa estructurada
    • Enviar una comunicación fehaciente por burofax o electrónica con el requerimiento formal al responsable y a su aseguradora.
    • Formular una propuesta indemnizatoria razonada (hechos, fundamento jurídico, cuantía, propuesta de pago).
    • Documentar todas las respuestas, rechazos u ofertas.
  2. Mediación civil y mercantil
    • Proponer una mediación ante un servicio público o privado de mediación (incluidas las entidades integradas en las Oficinas de Justicia en los municipios).
    • Intentar un acuerdo con la ayuda de un mediador neutral, garantizando la confidencialidad y la preservación de la estrategia por si fallase.
  3. Otros MASC (conciliación judicial, oferta vinculante confidencial, opinión de experto, derecho colaborativo, etc.)
    • Pueden ser muy útiles en asuntos con fuerte componente técnico (por ejemplo, un dictamen de experto independiente que ambas partes se comprometen a respetar).

Sea cual sea el medio elegido, debe:

  • Coincidir en objeto con la futura demanda (mismos hechos y peticiones esenciales).
  • Quedar suficientemente documentado para acompañarlo a la demanda y acreditar que se ha cumplido el requisito de procedibilidad.

Paso 5. Redacción de la demanda civil

Si el MASC fracasa total o parcialmente, se pasa a la vía judicial:

  • Determinación del órgano competente y del tipo de procedimiento (ordinario, verbal, especial).
  • Identificación de demandados: profesional, aseguradora, centro, sociedad, etc.
  • Exposición clara de:
    • Hechos.
    • Fundamento jurídico (incumplimiento de deberes profesionales, infracción lex artis, artículos 1101, 1104 y 1902 CC, normativa sectorial).
    • Daño sufrido y su cuantificación (incluyendo, en su caso, pérdida de oportunidad procesal o terapéutica, de acuerdo con la doctrina del Tribunal Supremo).
  • Acompañar:
    • Documentos contractuales y comunicaciones.
    • Historial del MASC respetando la confidencialidad en aquellos casos en los que es requerida (acta de mediación, cartas con oferta vinculante confidencial, actas de conciliación, etc.).
    • Informes periciales.
    • Informes médicos, de auditoría, técnicos, según el caso.

En función de la cuantía y la materia, será necesaria la intervención de abogado y procurador (lo habitual en negligencias profesionales).

Paso 6. Fase probatoria y juicio

En el juicio será clave:

  • Interrogatorio del profesional demandado.
  • Interrogatorio de peritos (tanto de parte como, en su caso, judiciales).
  • Aportación y explicación de la documentación técnica.
  • En negligencia médica, explicar de forma pedagógica al juez por qué la actuación se apartó de la lex artis.

En muchos casos, tras la demanda y la contestación, se abre una nueva ventana de negociación, a la vista de las pruebas ya aportadas y valoradas. La LO 1/2025 permite además que el órgano judicial derive el asunto nuevamente a MASC durante el proceso si lo estima idóneo.

Paso 7. Sentencia, recursos y ejecución

  • Si se estima la demanda, se fijará la cuantía indemnizatoria y se determinará qué parte debe asumir las costas.
  • La parte insatisfecha puede interponer recurso de apelación y, en determinados supuestos, de casación ante el Tribunal Supremo, contribuyendo así a la consolidación de la jurisprudencia en esta materia.
  • La ejecución de la sentencia suele dirigirse contra la aseguradora de responsabilidad civil, lo que facilita el cobro efectivo de la indemnización.

Plazos para reclamar: especial atención en negligencias profesionales

Aunque los plazos dependen del tipo de responsabilidad y de la naturaleza del daño, de forma muy simplificada:

  • Responsabilidad contractual (por ejemplo, relación abogado–cliente, médico privado–paciente): plazo general común de 5 años desde que la acción pudo ejercitarse (art. 1964 CC, tras la reforma de 2015). En Cataluña por ejemplo son 10 años.
  • Responsabilidad extracontractual (por ejemplo, daños derivados de un hecho aislado sin contrato previo): en general, 1 año desde que el perjudicado conoce el daño y la persona responsable (art. 1968 CC). En la comunidad autónoma de Cataluña por ejemplo son 3 años
  • En el ámbito sanitario público, pueden entrar en juego reclamaciones patrimoniales frente a la Administración con plazos y cauces específicos (Ley 40/2015 y normativa sectorial), donde es crucial un estudio detallado del caso.

La LO 1/2025 añade complejidad porque el MASC interrumpe o suspende estos plazos, pero exige cumplir formalidades; por eso es recomendable acudir a asesoramiento especializado desde el primer momento.

¿Cómo puede ayudarte Sammos Legal?

En Sammos Legal, despacho especializado en responsabilidad civil y defensa de consumidores y usuarios, se ofrece:

  • Análisis preliminar gratuito o de coste muy reducido de la viabilidad de la reclamación por negligencia profesional.
  • Diseño de una estrategia completa alineada con la LO 1/2025, integrando desde el inicio la fase MASC obligatoria:
    • Requerimientos previos y ofertas de acuerdo bien documentadas.
    • Mediación o conciliación con enfoque práctico, sin perder de vista el futuro juicio.
  • Coordinación con peritos especializados (médicos, procesalistas, arquitectos, economistas, etc.) para acreditar la infracción de la lex artis y el daño sufrido.
  • Redacción de la demanda, defensa en juicio y, en su caso, recursos ante las Audiencias Provinciales y el Tribunal Supremo.
  • Negociación con aseguradoras de responsabilidad civil profesional para maximizar las opciones de acuerdo satisfactorio.

Conclusión

Reclamar una negligencia profesional en 2025 ya no consiste solo en “poner una demanda”. La LO 1/2025 obliga a pasar por una fase previa de negociación o MASC que condiciona la admisibilidad del pleito, la prescripción de la acción y hasta el régimen de costas. Al mismo tiempo, la jurisprudencia del Tribunal Supremo ha desarrollado criterios muy consolidados sobre cuándo hay negligencia, cómo se prueba y cómo se cuantifica el daño, tanto en el ámbito de los abogados como en el sanitario y en otros sectores profesionales.

Ante esta combinación de requisitos formales, complejidad técnica y plazos estrictos, contar con un despacho especializado como Sammos Legal permite:

  • No perder oportunidades por errores procesales o por no cumplir adecuadamente con el nuevo presupuesto de procedibilidad.
  • Valorar de forma realista la viabilidad y la cuantía de la reclamación.
  • Aprovechar la fase negociadora para intentar un acuerdo ventajoso y, si no es posible, llegar al juicio con un caso sólido y bien documentado.

Si necesitas valorar una posible negligencia profesional nueva ley (de un abogado, médico u otro profesional), es esencial actuar pronto, conservar toda la documentación y solicitar cuanto antes un asesoramiento jurídico especializado. Sammos Legal puede acompañarte en todo el proceso, desde el primer análisis hasta la obtención efectiva de la indemnización.

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Sobre el autor:

Derecho Penal

Luis López

Abogado – Socio Área de Responsabilidades y Empresa

Sammos Legal Abogados