Les recordamos que desde la entrada en vigor del Real Decreto Ley nº902/2020, sobre la igualdad retributiva entre mujeres y hombres, todas las empresas con independencia de su tamaño, tienen que elaborar un registro salarial obligatorio de forma anual.
¿Qué es el registro salarial obligatorio?
Dicho registro es un documento que recoge, segregado por sexo, las remuneraciones que perciben todas las personas trabajadoras, cualquiera que sea la modalidad de su contrato, incluidos personal directivo y altos cargos de la empresa.
¿Qué datos debe incluir el registro salarial obligatorio?
Los datos que deberá incluir el registro salarial obligatorio, son los siguientes:
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- Retribución total anual
- Salario base anual
- Complementos salariales anuales
- Percepciones extrasalariales
- Percepciones anuales por horas extraordinarias y por horas complementarias
¿Qué periodo debe incluir el registro salarial obligatorio?
El periodo temporal de referencia será el año natural, sin perjuicio de que al generarse modificaciones salariales sustanciales sea necesario actualizar los datos reflejados en el registro salarial.
¿Y para empresas de más de 50 trabajadores?
Adicionalmente, para empresas con 50 o más trabajadores cuando el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un 25 % o más, la organización deberá incluir en el Registro salarial una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras.
Para empresas que elaboren un plan de igualdad deberán incluir en el mismo una auditoría retributiva, previa la negociación que requieren dichos planes de igualdad corporativos.
Desde Sammos Legal Abogados, les ofrecemos el servicio de elaboración del registro salarial, planes de igualdad y auditoria retributiva.
Como siempre, estamos a vuestra disposición. Para cualquier consulta.
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